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Legalización de Libros Contables en Málaga | Registro Mercantil — Asesoría Milanés

Contable · Registro Mercantil · Málaga

Legalización de libros contables en Málaga —
presentados en plazo, sin contratiempos.

Presentación telemática del libro diario, mayor e inventario en el Registro Mercantil de Málaga. Obligatorio para todas las sociedades. Lo gestionamos íntegramente cada año.

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Qué es y por qué importa

Legalizar los libros en plazo no es opcional — es una obligación legal anual.

Toda sociedad mercantil está obligada a legalizar sus libros contables en el Registro Mercantil en los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio (30 de abril si cierra el 31 de diciembre). No hacerlo puede impedir inscribir actos posteriores y expone a sanciones.

  • Libro diario — obligatorio para todas las sociedades
  • Libro de inventarios y cuentas anuales
  • Presentación telemática ante el Registro Mercantil de Málaga
  • Justificante de legalización archivado y entregado al cliente
Plazo: 4 meses tras el cierre del ejercicio

Para ejercicios cerrados el 31 de diciembre, la legalización debe efectuarse antes del 30 de abril del año siguiente. Ningún año se nos pasa.

Presentación 100% telemática

La legalización se realiza de forma electrónica directamente ante el Registro Mercantil. No tiene que desplazarse ni gestionar ningún trámite.

Coordinado con las cuentas anuales

Libros y cuentas anuales comparten los mismos datos. Al llevar ambos servicios, garantizamos coherencia total entre documentos.

Proceso

Proceso de legalización de libros en Málaga

01
Cierre del ejercicio

Una vez cerrado el ejercicio contable, preparamos los libros en el formato exigido por el Registro Mercantil.

02
Generación del fichero

Generamos el fichero en el formato oficial del Colegio de Registradores para su presentación telemática.

03
Presentación telemática

Presentamos los libros ante el Registro Mercantil en el plazo legal — antes del 30 de abril.

04
Justificante y archivo

Le enviamos el justificante de legalización para su archivo. El proceso queda completamente cerrado.

Por qué elegirnos

Legalización de libros cada año, sin que tenga que acordarse.

Es una obligación recurrente que muchas sociedades olvidan o retrasan. Con nosotros queda en el calendario automáticamente — cada año, antes del 30 de abril.

  • Plazo controlado — le avisamos antes de que venza.
  • Presentación telemática — sin desplazamientos al Registro Mercantil.
  • Coordinación con contabilidad y cuentas anuales del mismo ejercicio.
  • Economista Colegiado n.º 4257 · Málaga.
30/Abr
Plazo legalización
100%
Gestión telemática
R.Mercantil
Málaga
Nº4257
Colegiado Economistas

FAQ

Preguntas frecuentes

El libro diario (registro cronológico de todas las operaciones) y el libro de inventarios y cuentas anuales. Las sociedades también deben legalizar el libro de actas y el libro registro de socios o accionistas.
La no legalización impide inscribir actos en el Registro Mercantil y puede generar problemas en caso de inspección o procedimiento concursal. Aunque no hay sanción económica directa automatizada, las consecuencias indirectas son significativas.
Sí, son dos trámites distintos. La legalización de libros se hace antes (30 de abril) y el depósito de cuentas anuales se hace después (31 de julio). Ambos son obligatorios y los gestionamos coordinadamente.
Sí. En ese caso necesitamos los datos contables del ejercicio en formato compatible. Le indicamos qué necesitamos y cómo exportarlo desde los programas de contabilidad más comunes.

Sin compromiso

Libros legalizados cada año, sin que tenga que acordarse.

Cuéntenos el ejercicio y el tamaño de su empresa. Le gestionamos la legalización completa.