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Asesoría Fiscal No Residentes Málaga | IRNR Modelo 210 — Asesoría Milanés

IRNR · No Residentes · Málaga

Fiscal para no residentes en Málaga —
modelo 210 y IRNR gestionados.

Si tiene un inmueble u otras rentas en España y no reside aquí, tiene obligaciones fiscales ante la Agencia Tributaria. Las gestionamos íntegramente, en español e inglés, desde cualquier país.

952 25 00 90info@asesoriamilanes.esLun–Vie · 9–18h · Málaga

Qué incluye

Impuesto sobre la Renta de No Residentes — declarado correctamente, siempre en plazo.

Todos los no residentes con bienes o rentas en España deben declarar el IRNR mediante el modelo 210. Ya sea por tener un inmueble sin alquilar (renta imputada) o con alquiler (rentas reales). Presentarlo fuera de plazo o con errores genera sanciones y puede complicar futuras operaciones sobre sus bienes.

  • Modelo 210 — renta imputada o alquiler
  • Representación fiscal ante la AEAT
  • Compraventa de inmuebles — retención del 3%
  • Aplicación de convenios de doble imposición
Inmueble sin alquilar — renta imputada

Presentamos el mod. 210 anual por la renta imputada del 1,1% o 2% del valor catastral, según la fecha de revisión catastral.

Inmueble alquilado — rentas reales

Declaración trimestral de los ingresos del alquiler, deduciendo gastos si reside en la UE/EEE. Le calculamos la cuota exacta.

Acceso directo al economista

Un solo interlocutor en Málaga que conoce su caso y responde en español o inglés sin intermediarios.

Proceso

De sus datos a su declaración presentada y archivada.

01
Recogida de datos

Nos envía la referencia catastral del inmueble, su NIE o equivalente y los datos del alquiler si lo tiene.

02
Cálculo del IRNR

Calculamos la base imponible, aplicamos el tipo de gravamen (19% UE/EEE, 24% resto) y los convenios aplicables.

03
Presentación mod. 210

Presentación telemática en plazo. Le enviamos el justificante de presentación.

04
Gestión continuada

Renovamos el servicio cada año y le avisamos de cualquier cambio normativo que le afecte.

Por qué elegirnos

Su representante fiscal en Málaga.

No tiene que venir a España para gestionar sus obligaciones fiscales. Somos su presencia aquí: recibimos sus notificaciones, respondemos a la AEAT y le mantenemos informado en todo momento.

  • Gestión 100% remota — sin necesidad de desplazarse a España.
  • Atención en español e inglés.
  • Análisis del convenio de doble imposición aplicable a su país.
  • Economista Colegiado n.º 4257 · Málaga.
Mod.210
IRNR declarado
ES·EN
Idiomas de atención
19/24%
Tipo no residente UE/resto
Nº4257
Colegiado Economistas

FAQ

Preguntas frecuentes

Sí. Todo no residente con inmueble en España debe declarar el IRNR anualmente mediante el mod. 210. Si el piso está vacío, tributa por la renta imputada (1,1% o 2% del valor catastral × tipo de gravamen). Si está alquilado, tributa por los ingresos reales.
Los residentes de la UE y del Espacio Económico Europeo sí pueden deducir los gastos necesarios para obtener los rendimientos (IBI, comunidad, hipoteca, reparaciones). Los residentes fuera del EEE tributan sobre el ingreso íntegro sin deducción de gastos.
El comprador está obligado a retener el 3% del precio de venta e ingresarlo en Hacienda. Si la ganancia real genera menos impuesto que ese 3%, puede solicitar la devolución del exceso mediante el mod. 210.
Si su país de residencia tiene convenio de doble imposición con España, puede que los tipos de gravamen sean diferentes o que ciertos ingresos estén exentos en España. Analizamos el convenio aplicable y lo aplicamos correctamente en su declaración.

Sin compromiso

Su fiscal en España gestionado desde su país.

Cuéntenos su situación. Le respondemos en español o inglés y le explicamos exactamente qué tiene que declarar.